
Ubicación política
Estado de San Luis Potosí. Municipio de Río Verde.
Superficie
2,000 hectáreas.
Ubicación geográfica (coordenadas)
Entre 21 52´ 50" y 21 57´ 30" de latitud norte y los 100 19´ 13" y 100 21´ 11" de longitud oeste (Vargas, 1984: 199).
Tenencia de la tierra
El parque nacional se encuentra ocupado por terrenos ejidales y algunas porciones pequeñas como propiedad privada.
Fecha del decreto publicada en el Diario Oficial de la Federación y otros aspectos importantes del mismo
15 de septiembre de 1936.
Objetivos:
Que las montañas culminantes y las serranías de que formen parte constituyen la división de los grandes valles ocupados por ciudades populosas y dan origen a la división de las cuencas hidrográficas que por su extensión contribuyen de manera considerable a la alimentación de las corrientes de los ríos, manantiales y lagunas de los mismos valles, sosteniendo su régimen hidráulico si están cubiertos de bosques, como deben estarlo para evitar la erosión de sus terrenos en declive y garantizar el equilibrio climático de las comarcas vecinas, se hace de todo punto necesario que esas montañas y las serranías de que forman parte sean protegidas de manera eficaz en sus bosques, pastos y yerbales, que forman una cubierta suficientemente protectora del suelo y garanticen las buenas condiciones de salud y bienestar, conservación forestal que no puede obtenerse de una manera eficaz, si prevalecen los intereses privados, vinculados con la propiedad comunal o ejidal y de particulares que tienden a la excesiva explotación de los mismos elementos forestales; siendo por todo ello necesario que dichas serranías se constituyan en Reservas Forestales de la Nación, y en aquellas, como la Serranía de Cañada Grande, Municipio de Río Verde, Estado de San Luis Potosí, que por sus bellos contrastes orográficos y su vegetación forestal exuberante, así como por la existencia de abundantes animales de caza constituye un verdadero museo vivo de flora y fauna comarcanas, siendo un exponente de las obras grandiosas de la naturaleza que por acuerdo de las naciones civilizadas se ha convenido en preservar y destinar a la perpétua conservación de sus recursos naturales, con la designación especial de parques nacionales (SAG, 1970: 1,043-1,044).
Que entre las serranías del Estado de San Luis Potosí que han escapado a la obra destructora del hombre de los recursos forestales, la que se conoce con el nombre de Serranía de Cañada Grande, Municipio de Río Verde, S.L.P., constituye una de las de mayor significación e importancia, como último exponente de las riquezas forestales que en mucha mayor extensión hubo en esa comarca y donde importa a todo trance proteger su suelo contra la degradación, manteniendo sus bosques restantes en buen estado y sus praderas de bello contraste, para garantía del buen clima regular de las poblaciones vecinas, para las cuales, así como para sus ricos valles y cursos de agua necesarios a la agricultura y la industria, importa asegurar la conservación forestal de esos montes.
Que la misma gran belleza natural de la Serranía de Cañada Grande y la de su flora y fauna forman un atractivo poderoso para el desarrollo del turismo, si para eso se acondicionan buenos caminos de acceso a partir de la población de Río Verde, S.L.P., y considerando también que todo ello vendrá a dar mucho mayor atractivo a los pueblos cercanos colindantes, cuyos campesinos trabajadores encontrarán una nueva fuente de actividades obteniendo a la vez una gran mejoría en sus cultivos agrícolas de llanuras inmediatas (Ibid: 1.044).
Decreto.
Artículo Primero: Con el nombre de El Potosí se declara Parque Nacional, destinado a la conservación perpétua de su fauna y flora, la porción de los terrenos conocidos con la denominación de Cañada Grande, S.L.P., cuyos límites son (Ibid: 1,044-1,045): Al Norte, linda con terrenos de Paso de San Antonio; al Sur, linda con terrenos de Rosa de Castilla; al Este, linda con terrenos de providencia y Paso de San Antonio (San Antonio), y al Oeste, con terrenos de Rosa de Castilla. La superficie total comprendida es de 2,000 (dos mil hectáreas) aproximadamente.
Artículo Segundo: Los linderos a que se refiere el artículo anterior serán señalados en el terreno por el Departamento Forestal y de Caza y Pesca.
Artículo Tercero: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público procederá, conforme a la ley, a otorgar la indemnización correspondiente a la expropiación de los terrenos comprendidos dentro del parque nacional..
Transitorios. Artículo 1o: Se concede al propietario de los terrenos.. un plazo de 90 días contados a partir de la fecha en que entre en vigor el presente decreto, para presentar ante el Departamento Forestal y de Caza y pesca, los planos, escrituras y demás documentos que acrediten sus derechos de propiedad (Ibid:
1,045).
Institución que administra
La SEMARNAP de manera legal. En la práctica se encuentra en el abandono.
Problemática
Carece de la más elemental infraestructura. Existe la agricultura y en menor escala la ganadería. La población local explota de manera intensiva algunas especies de la vegetación natural (recolección estacional de subproductos forestales -heno-), con fines de comercio e industrialización. El área donde se encuentra el parque es un tanto inaccesible, llegando a ella solamente a pie (SARH).
Aspectos físicos
El parque se encuentra ubicado dentro de la Provincia del Altiplano Mexicano, en la llamada Plataforma San Luis-Valles, muy cerca de la Llanura de Río Verde.
Tiene un rango altitudinal que de los 1,500 a los 2,480 metros sobre el nivel del mar (Vargas, op. cit.).
La transgresión marina iniciada en el Oxfordiano no cubrió completamente la Plataforma Valles-San Luis Potosí y algunas áreas permanecieron emergidas durante todo el Jurásico Superior. Durante la primera parte del Cretácico Inferior (Neocomiano-Aptiano) sobre la plataforma San Luis-Valles se depositaba una secuencia principalmente evaporítica (Formación Guaxcamá); con el Albiano se generaliza una transgresión marina que cubre los últimos elementos positivos y se desborda sobre la porción occidental de México; en el perímetro de la Plataforma San Luis-Valles se desarrolló una franja flanqueada por depósitos post-arrecifales y pre-arrecifales en un conjunto denominado Formación El Abra. Durante gran parte del Cretácico Superior sobre la plataforma San Luis -Valles se desarrolló, un complejo calcáreo de tipo de plataforma, constituido por calizas simples y calizas arcisollas de la Formación Tamasopo, del intervalo Turoniano Superior-Senoniano Superior, que subyace en las lutitas, areniscas y calizas de la Formación Cárdenas del Campaniano-Maestrichtiano (SARH).
El suelo dominante es un Litosol; se caracterizan por tener una profundidad menor de 10 centímetros hasta la roca. Como suelo secundario el Feozem háplico se caracteriza por una capa superficial obscura, suave, rica en materia orgánica y nutrientes, su susceptibilidad a la erosión es variable. Como última asociación el Redzina se caracteriza por poseer una capa superficial abundante en humus y muy fértil, que descanza sobre roca caliza o algún material rico en cal, no son muy profundos, son generalmente arcillosos, su susceptibilidad a al erosión es moderada (Ibid).
El área pertenece a la Región Hidrológica No. 26, denominada Región del Bajo Pánuco, dentro de la Cuenca del Río Verde. Dentro del área de estudio nace el Río Catarina, que al unirse con el Río San Nicolás y el Arroyo de Adjuntas forman el Río Verde. Este sitio es importante para la recarga de acuíferos (Ibid).
El clima es templado subhúmedo.
Aspectos biológicos
Los tipos de vegetación identificados son bosques de pino-encino y bosques de encino-pino. Los bosques de pino-encino tienen elementos como Pinus patula, P. montezumae, P. Michoacána, Quercus spp. (Ibid).
Se pueden mencionar las siguientes especies de fauna silvestre:
Tlalcoyote Taxidea taxus, coyote Canis latrans, lince Lynx rufus, venado cola blanca Odocoileus virginianus (Ibid).
Propuesta:
Seguirlo considerándolo como parque nacional.
Bibliografía
- Vargas Márquez, Fernando. 1984. Parques Nacionales de México y Reservas Equivalentes. Pasado, presente y futuro. Colección: Los Grandes Problemas Nacionales. Serie: Los Bosques de México. Instituto de Investigaciones Económicas. UNAM. 266 páginas, más 34 de fotografías y mapa.
- SAG. 1970. Código Forestal. Subsecretaría Forestal y de la Fauna. Departamento de Divulgación. 1,384 páginas.
- SARH. 1993. Diagnóstico del Parque Nacional El Potosí, Estado de San Luis Potosí. Subsecretaría Forestal y de Fauna Silvestre. Consultores en Ecología y Medio Ambiente.
Ubicación Política
Estado de San Luis Potosí. Municipio de Villa de Reyes.
Superficie
25,000 hectáreas.
Ubicación geográfica (coordenadas)
Entre 21 41´10" y 21 55´. Entre 100 47´ 20" y 101 02´ 10" (Vargas, 1984: 199).
Tenencia de la tierra y otros aspectos legales
Ejidal y particular.
Dicho parque nacional fue creado con los terrenos de la Ex-Hacienda de Gogorrón, abarcando una superficie total de 33,683 hectáreas (lo cual se contradice con la cifra reconocida), de las cuales 3,260 corresponden al coto de caza y reserva forestal, 16,856 hectáreas de zona agrícola, 667 para la zona silvopastoril y 12,900 hectáreas para la zona protectora forestal de los pozos artesianos.
Según el decreto presidencial quedan excluidos de expropiación los terrenos ejidales que se encuentren dentro del parque nacional.
De acuerdo con el oficio 175-H de 18 de enero de 1938, girado por el Departamento Agrario de San Luis Potosí al Departamento Forestal, las afectaciones sufridas por la Hacienda del Gogorrón, son las siguientes (Expediente):
Total 32,947.9339
Según informes del Ing. Daniel F. Galicia, las partes no afectadas de la Ex-Hacienda del Gogorrón son las siguientes:
Casco del Gogorrón y Huerta (50 hectáreas). Casco de Calderón y Huerta. Huerta Puerta de los Árboles. Terrenos del Arenal (250 hectáreas). Planta Eléctrica Electra Manuela, con zona de protección de 40 hectáreas. Vegas 8 hectáreas. Huerta de Zavala 12 hectáreas (Expediente).
Fecha del decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación y aspectos importantes del mismo
22 de septiembre 1936.
Objetivos:
El Valle de Villa de Reyes constituye un hermoso conjunto de belleza natural de más elementos de gran atractivo, como son los importantes pozos artesianos de fama mundial, por su gran volumen y por sus propiedades curativas, reconocidas y aceptadas por la ciencia médica, así como las diversas obras de almacenamiento, cuyas aguas en conveniente aprovecharlas en el regadío de los diversos cultivos que se efectúan en el Valle y de las praderas que se utilizarán para el sostenimiento de una ganadería seleccionada, pudiéndose al mismo tiempo establecer balnearios y piscinas en las que se aprovechen las cualidades medicinales de las aguas de los pozos artesianos (SAG, 1970: 1,037-1,038).
Que la abundancia de esas ricas aguas, estaría en peligro de disminuir su caudal y perder sus propiedades si desaparecen completamente sus bosques y demás vegetación forestal de las serranías inmediatas que circundan la planicie; vegetación forestal que es necesario a todo trance conservar y restaurar a fin de que vuelva a tenerse la belleza peculiar de esos parajes que deben estar cubiertos de una rica vegetación forestal.
Que la conservación y la restauración de la vegetación forestal de las serranías que rodean la planicie de Villa de Reyes serán un elemento eficaz para que se constituya un refugio natural de animales diversos de la fauna silvestre comarcana, que a la vez constituya un atractivo poderoso al turismo y que es necesario fomentar en otras comarcas vecinas para beneficio de los campesinos del propio Estado.
Que la gran afluencia del turismo que se obtenga del resultado de las mejoras materiales que se efectúen, constituirán un factor en el desarrollo económico de los pueblos de Villa de Reyes, Saucillo, Calderón, etc., ya que sin afectar a los propios cultivos de los ejidatarios encontrarán los pobladores un estímulo para mejorar los cultivos que ahora se practiquen, y para cuyo fin se establecerán viveros de árboles para la propagación de frutales finos, así como de otras especies que se emplearán en los trabajos de repoblación forestal y plantaciones de ornato que vengan a dar incremento a una vida mejor en la comarca (Ibid: 1,038).
Además que el cultivo de las praderas con pastos apropiados para el suelo y clima de la región de Villa de Reyes, S.L.P., puede ser la base para constituir un centro ganadero de primer orden al introducir ejemplares de ganado seleccionados por su gran producción de carne y leche (Ibid: 1,038-1,039).
Decreto.
Artículo Primero: Con el nombre de Gogorrón se declara Parque Nacional destinado a la perpétua conservación de los recursos naturales y obras hidráulicas de la región de la Sierra de Bernalejo, las tierras bajas de la ex-hacienda de Gogorrón y serranías del mismo nombre con las finalidades y los límites que a continuación se citan (SAG: 1,039-1,040).
a) Coto de Caza y Reserva Forestal, destinado a la protección y procreación de animales silvestres y que están comprendidos dentro de los límites siguientes: Partiendo de la mojonera de San Roque, el lindero pasa por las mojoneras de Cañón, Tres Esquinas, Robles, Palomas, Escorpión, Angostura, Grana y La Puerta, de donde con dirección SO, se llega al Tanque de San Antonio y de aquí hacia el Norte franco hasta encontrar la mojonera de Alvarez, para seguir con rumbo NO y NE sobre las mojoneras de Bernalejo y los Frailes y llegando finalmente a la mojonera de San Roque, que corresponde al punto de partida.
b) Zona Agrícola integrada por los terrenos propiamente agrícolas de los terrenos bajos de los pueblos de Calderón, Saucillo y Villa de Reyes, que estará como actualmente está, en posesión de los ejidatarios del lugar y en donde se establecerán diversos viveros destinados a los trabajos de reforestación en las regiones desprovistas de vegetación forestal, así como a las plantaciones de árboles que se dedicarán a la formación de cortinas rompe vientos, proporcionándose además a los ejidatarios los árboles frutales necesarios para que establezcan huertas frutales (Ibid: 1,040).
c) Zona Silvo Pastoril, que estará integrada por los Potreros de Las Mulas y El Hundido, con una superficie de 667 hectáreas, y la cual esta destinada exclusivamente al pastoreo del ganado propiedad de los diversos ejidatarios, en cuyas zonas se cuidarán y plantarán especies forrajeras apropiadas, de tal manera que los ejidatarios puedan introducir razas finas, que mejoren las que actualmente poseen. El Departamento Forestal se encargará de la conservación de los agostaderos, correspondientes a la Secretaría de Agricultura y por conducto de la Dirección General de Ganadería, la parte relativa al mejoramiento de los ganados, mediante la introducción de razas finas (Ibid: 1,040-1,041).
d) Estaciones Piscícolas formadas en las presas cuyas condiciones de agua sean favorables y que mediante el aprovechamiento racional de las especies se ofrezcan a los ejidatarios y campesinos de la región este elemento importante, para mejorar su actual alimentación.
e) Zona Protectora Forestal de los Pozos Artesianos de las aguas que aprovechan actualmente para la irrigación de los terrenos agrícolas, la cual estará sujeta a los trabajos de repoblación necesarios para asegurar el régimen regular de dichos pozos y estará comprendida dentro de los límites siguientes: Salvando los terrenos ejidales de la Estancia del Rosario, Estancia de San Miguel, Villa de Reyes, así como los terrenos ejidales de Machado, hasta su extremo sureste, el lindero sigue en línea recta en dirección NE, tocando el tanque de La Asunción, hasta la mojonera de Palmilla, de donde siguiendo los antiguos linderos de la ex-hacienda de Gogorrón, se pasa por la mojoneras de Gabrielas, Cuenta, Matamoros, Puerto Blanco, Salto Prieto, Soyale, Arados, Pinolillo, Chavatos Pintos, Duarte, Joyas, Cruz y Escalante, terminando en el cruce de los límites del ejido de la Estancia del Rosario, que se tomó como punto de partida (SAG: 1,041).
Artículo Cuarto: Dentro de los límites del Parque Nacional Gogorrón se excluyen de la expropiación a que se refiere el artículo siguiente los terrenos dotados a los pueblos con carácter de ejidos provisionales y definitivos.
Artículo Quinto: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público procederá conforme a la Ley, a la indemnización correspondiente a la expropiación de los terrenos comprendidos dentro del parque nacional a que se refiere el artículo primero del presente Decreto, con la salvedad que fija el artículo tercero del mismo.
Transitorios. Artículo Primero: Se concede un plazo de seis meses a los propietarios de los terrenos sujetos a indemnización , para que presenten sus títulos de propiedad y demás documentos que acrediten sus derechos ante el Departamento Forestal y de Caza y Pesca (Ibid: 1042).
Institución que administra
Abandonado.
Infraestructura
La Unión Turístico Ejidal Gogorrón cuenta con servicios de Balneario, vestidores, baños, luz eléctrica, cabañas, restaurante, estacionamiento, casa administración y bodegas (SARH).
Actividades recreativas
Natación, excursionismo, días de campo.
El promedio de visitas anuales es de 240,000 en la unión Turístico Ejidal de Gogorrón.
Problemática
Siempre ha estado en estado de abandono.
Aspectos físicos
El Parque Nacional Gogorrón se encuentra ubicado dentro de la Provincia del Altiplano Mexicano y se en la región geomorfológica de las Serranías Meridionales.
Dentro del parque nacional se encuentran los siguientes Cerros: Bernalejo (dos cerros), Joya la Lira, Las Vacas, Cabezón, Las Águilas, La Bandera, Alto, La Cantera, La Peñas Coloradas, Los Picachos, El Sombrero, Bernardo, El Pelillo, Las Palomas, Grande, Mariquita, El Botín, El Violito, La Colmena.
Mesas: San Roque, Cincuenta, Sola (Ibid).
El rango altitudinal va de 1,800 a 2,500 metros sobre el nivel del mar (Vargas, op. cit.).
Las rocas presentes en el parque son rocas ígneas extrusivas ácidas, que por lo general son riolitas cuarzo-lacitas y dacítas, compuestas por feldespatos de potasio, plagioclasas de sodio y abundantes de cuarzo, con una textura fanerítica, de un color rosado que intemperiza a un color claro, algunas veces blanco. Se nota en el área que todas las rocas están sumamente fracturadas por lo tanto el intemperismo actúa frecuentemente sobre ellas.
El sílice que en esta área es abundante, al hidratarse forma Ópalo, el cual se localiza con frecuencia (SARH).
Los suelos son feozem háplico, xerosol háplico, litosol y regosol eútrico. Son en general ligeros, de contenido bajo a medio de materia orgánica. La coloración varía de grisáceo a castaño o rojizo, pero casi siempre es clara. La textura es característicamente arenosa, la reacción generalmente ácida, pero a veces neutra o ligeramente alcalina (pH 5 - 7.5) (Ibid).
El área de estudio se encuentra dentro de la región hidrológica No. 26 denominada Región del bajo Pánuco. El parque lo cruza el Río Altamira y dentro de él se encuentran las Presas de Guadalupe, San Agustín, El Refugio, El Organito y de Santa Ana. Los Arroyos: Las Tinajas, La Calandria, Los Arquillos, Guadalupe, Los Sauces, el Zapato, Salto Prieto, Rincón de las Águilas, La Estacada, Las Tomatillas, La Lana, El Peñón, El Negro, La Estancada, Cañada Honda, El Cajón, El Tecojote, Rincón de la Vieja, La Cenicera, La Cantera, Charco Azul, La Cieneguita, Chupadero, El Carrizal, Las Magdalenas, El Soyate, Tierras Blancas, El Tepozan, Las Tortugas, La Hilada, Las Magdalenas, La Presa del Chupadero, Malinto, El Duraznillo, San Juan, Tanques Flojos, El Tejón, San Miguel, Chiquihuilillo, El Verde. Canales: San Benito, Agua Azul, Moctezuma, Charco Azul. Pozos: San Joaquín, Gogorrón, La Carreta, Socavón, El Saucito, Las Rusias, Villa de Reyes, Estación Villa de Reyes, y 15 más sin nombre. Dos acueductos (FVM con base en INEGI, cartas topográficas).
Las aguas del Gogorrón acusan una potabilidad extrema, son aguas dulces, transparentes, de un gusto exquisito y, al mismo tiempo termales y medicinales, parece que se trata de aguas radioactivas. El análisis de sus aguas es (las unidades son mg/l): calcio 19.6, sodio 67.2, magnesio 6.4, cloruros 10.5, carbonatos 17, potasio 3, dureza total 147.4, conductibilidad 249, ph 7.6, temperatura 41C, radioactividad 140 x 10-12 curies. Originalmente pertenecían estas aguas a la Hacienda de Gogorrón, extenso latifundio que contaba con una superficie de 36,000 hectáreas; existían en dicha finca alrededor de 23 pozos artesianos, 16 de los cuales proporcionaban sin bombeo alguno más de 500 litros por segundo (Expediente).
Presenta tres tipos de climas: BSoh, semicálido semiseco. BSoh Templado semiseco. C (w1) templado subhúmedo. Una isoterma de 18C. Una isoyeta de 400 milímetros (Vargas, op. cit).
Aspectos biológicos
Se presentan varios tipos de vegetación y uso del suelo: El Matorral xerófito ocupa la mayor parte del parque, con el 64.5% de la superficie, agricultura con el 25%, pino-encino con el 7%, encino-pino 3.5% (Vargas 1990: 74).
En el matorral destacan Prosopis juliflora mesquite, Opuntia sp. nopal, O. arborescens nopal, Myrtillocactus geometrizans, Yucca sp. y Acacia huizache. Es una xerophytia caracterizada por una deficiente precipitación pluvial y por un régimen térmico extremoso.
El Schinus molle alterna también con los mesquites en las inmediaciones de los poblados; representa una especie paranthrópica.
En los bosques de pino-encino, encino-pino, se encuentran: Pinus cembroides pino piñonero, Cupressus lindeleyi cedro, Juniperus sp. cipres, Quercus sp. encino bajo, Arcthostaphilus sp. manzanita (SARH).
En cuanto a la fauna silvestre se encuentran Callipepla squamata codorníz, Zenaida macrorura tórtola, Corvux corax cuervos, Buteo albicaudatus águila, Canis latrans coyote, gato montés, lagartija escorpión, Crotalus víbora de cascabel, víbora azul, boa, Heloderma escorpión torpe, Odocoileus virginianus venado cola blanca, Urocyon zorra, Silvilagus auduboni conejo, Procyon lotor mapache (Ibid).
Demografía
Con base en el censo de 1990, dentro del parque nacional se encuentran 18 poblados, con 15,877 habitantes: El Saucillo 1,151, Las Rusias 328, Machado 452, estación Villa de Reyes 137, Gogorrón 851, San Carlos (El Trinquete) 33, Socavón 906, Villa de Reyes
6,701, Centenario 412, El Tejocote 198, San Miguel 653, San Pascual 37, El Tepozán 347, Calderón 855, El Rosario 2,405, Puerta de Alcalá 11, Puerta de San Antonio 367, El Sauz 33 (FVM con base en INEGI, 1991).
En la zona aledaña se encuentran 17 pueblos, con 19,137 habitantes: Agua Azul (La Tejocota) 21, Alberto Carrera Torres 803, Hacienda La Ventanilla 1,619, Guadiana 880, Cañón de Bledos 163, Rodrigo 1,014, Emiliano Zapata 1,050, Jesús María 122, Pardo 1,780, La Boquilla 227, Paso Blanco 156, Rancho Viejo 24, El Pueblito 306, Guanajuatito 575, Santa María del Río 9,598, La Barranca 350, La Cardona 449 (Ibid).
Propuesta
Seguirlo considerándolo como parque nacional.
Comentarios
El 2 de marzo de 1963, el C. Secretario de Gobierno del Gobierno de San Luis Potosí, comunica a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, que otorgó una concesión para establecer un balneario en el Parque Nacional El Gogorrón y solicita el permiso correspondiente para la construcción de las obras dentro de dicho parque (Expediente).
Se considera que la concepción de esta parque nacional si bien es cierto que no coincide con la tradicional, para las condiciones sociales de México, es un concepto adelantado, ya que se basa en la concepción de uso múltiple, zonificando de acuerdo a su uso actual (de aquella época) del suelo, y dividiéndolo en coto de caza y reserva forestal, zona protectora forestal de los pozos artesianos, zona agrícola, zona silvopastoril y estaciones piscícolas.
Bibliografía
- SAG. 1970. Código Forestal. Subsecretaría Foretal y de la Fauna. Departamento de Divulgación. 1,384 páginas.
- Vargas Márquez, Fernando. 1984. Parques Nacionales de México y Reservas Equivalentes. Pasado, presente y futuro. Colección: Los Grandes Problemas Nacionales. Serie: Los Bosques de México. Instituto de Investigaciones Económicas. UNAM. 266 páginas, más 34 de fotografías y mapa.
- SARH. 1992. Expediente del Parque Nacional Gogorrón.
- SARH. 1993. Diagnóstico del Parque Nacional Gogorrón. Subsecretaría Forestal y de Fauna Silvestre.
- Vargas Márquez, Fernando. 1990. Las áreas naturales "protegidas"; una utopía, basada en simulaciones, mitos, demagogia y autoritarismo. Ponencia magistral presentada en el II Simposio Internacional de Áreas Naturales Protegidas. ENEP Iztacala - Centro de Ecología. UNAM. Octubre. 107 páginas.
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